¿Por qué surge la Autoridad de Transporte Urbano?
La ciudad de Lima sufre una crisis de desorden y tráfico vehicular hace muchos años. Como consecuencia, nos hemos acostumbrado a ser conductores y transeúntes agresivos. Se ha perdido el respeto por las normas ni vocación de mantener conductas por el bienestar de las personas. Además, vivimos en un país que no tiene como prioridad la planificación urbana de sus ciudades. Por ello, no se generan propuestas o soluciones alternativas sostenibles para el tráfico vehicular, ni se brinda la relevancia suficiente a la educación peatonal. Por estas razones, observamos cómo los peatones cruzamos en cualquier segmento de vía, llamamos al transporte público sin respetar los paraderos, los ciclistas y motociclistas se deslizan entre los autos y los buses cierran dos carriles para llegar primero al paradero de buses (mal planificado y mal diseñado).
También observamos cómo las poblaciones vulnerables tienen más dificultades al afrontar una ciudad que ha considerado siempre al automóvil como la base para el trazo y diseño de las ciudades, relegando al peatón a ser un mero espectador de su ciudad.
Sumemos a lo mencionado que se está viviendo un cambio en las dinámicas económicas debido al smartphone, redes sociales y el enorme crecimiento que ha tenido el e commerce en los últimos años. También consideremos la creación y expansión de negocios que promueven la micro movilización.
Se ha modificado la manera cómo nos trasladamos y las motivaciones para hacerlo, finalmente incrementando la crisis de movilidad y seguridad. Todo esto ha obligado a las autoridades a atacar el problema del transporte como un sistema integrado sin límites distritales ni provinciales sino como parte de una red urbana compleja. Así nace la Autoridad de Transporte Urbano, ATU.
¿Cuáles son los objetivos de la ATU?
Garantizar el funcionamiento de un Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao que permita satisfacer las necesidades de traslado de los pobladores de las provincias de Lima y Callao de manera eficiente, sostenible, accesible, segura, ambientalmente limpia y de amplia cobertura.
¿Quiénes lo conforman?
– 1 representante del Ministerio de Economía y Finanzas
– 1 representante de la Municipalidad del Callao
– 2 representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
– 1 representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
– 3 representantes de la Municipalidad de Lima
Así, se busca que las decisiones y proyectos que se realicen tengan consideraciones en todas las escalas evaluando los impactos que correspondan en cada una desde distintas perspectivas.
Funciones de la Autoridad Única de Transporte
Función de planificación:
La ATU ha sido creada con la finalidad de que planifique e integre todas las modalidades de transporte existentes, a efectos de otorgar servicios de calidad a los usuarios dentro del Territorio.
Función normativa
Otorga a la ATU la posibilidad de dictar, dentro de su ámbito de competencia, reglamentos, normas y otros dispositivos legales que correspondan para regular los procedimientos a su cargo aplicables al Servicio de Transporte Terrestre de Personas, incluyendo el SIT, los Servicios Complementarios, y el Sistema de Recaudo Único.
Función supervisora:
Supervisa el cumplimiento de normas, reglamentos, obligaciones contractuales y/u otros instrumentos normativos, así como la calidad de la prestación integral de los Servicios de Transporte Terrestre de Personas y Servicios s Complementarios que son prestados por sus operadores y conductores, incluyendo a los operadores del Sistema de Recaudo Único. Igualmente, la ATU verifica el cumplimiento de cualquier mandato o resolución que emita o de cualquier otra obligación que se encuentre a cargo de los referidos operadores.
Función fiscalizadora y sancionadora:
se le permitirá fiscalizar e imponer sanciones a los operadores y conductores de los Servicios de Transporte Terrestre de Personas, incluyendo el SIT, ya los Operadores de los Servicios Complementarios y del Sistema de Recaudo Único.
Función de gestión:
La ATU se encuentra facultada, entre otros, a otorgar títulos habilitantes, administrar el Registro de los Servicios de Transporte Terrestre de Personas, emitir opinión técnica vinculante en la formulación y evaluación de proyectos relacionados con redes semafóricas, infraestructura y señalización vial en el Territorio, y recibir y absolver las quejas o los reclamos de los usuarios.
Función de promoción de inversión pública y privada:
La ATU tiene la función de formular, evaluar y ejecutar inversiones para el desarrollo de los servicios e infraestructura del SIT, los Servicios de Transporte Terrestre, los Servicios Complementarios, la Infraestructura Complementaria y el Sistema de Recaudo Único.
¿Qué facultades tiene?
La ATU planifica, norma, supervisa, fiscaliza y gestiona las siguientes materias que son de su competencia:
– Sistema Integrado de Transporte.
– Servicio Público de Transporte Terrestre de Personas.
– Servicios Complementarios al SIT.
– Infraestructura de Transporte en el marco del SIT.
– Infraestructura Complementaria al SIT.
– Sistema de Recaudo Único.
La ATU ejerce sus competencias en la integridad del Territorio con arreglo a la Ley. Las provincias del departamento de Lima que sean declaradas Área Urbana Continua con el Territorio conforme a ley, se incorporan a este y a la competencia de la ATU.
Micro Movilidad ¿La ATU va a normar sobre el uso de bicicletas y vehículos electrónicos?
La última ley publicada especifica en el título III los sistemas de transporte que abarcaría la ATU. Estos son:
– Servicios de Transporte Terrestre de Personas
– Sistema Integrado de Transporte (ferroviarios electrónicos, ómnibus, no convencional)
– Servicios de Transporte Regular
– Servicios de Transporte Especial (turístico, trabajadores, estudiantes, taxi)
Entendemos por vehículos no convencionales por micro movilidad.
Se espera que la ATU empiece sus funciones a fines de junio.
Artículo coescrito por Karen Ramos y Arq. Analista Fernando Velarde
Fuentes:
MTC, Gestión, Legis.pe, Comercio